Lección 5:
Origen e historia de las Iglesias reformadas en Europa

De la “Patente de Tolerancia” del emperador José II de1781

Convencidos por un lado de la nocividad de toda obligación de la conciencia, y, por otro lado, del gran provecho que pueden sacar religión y Estado de una verdadera tolerancia cristiana, nos hemos decidido solemnemente a permitir a los fieles de la Confesión de Augsburgo y de la Helvética .... el ejercicio de su religión por doquier. ... La religión católicorromana, sin embargo, mantiene el privilegio del ejercicio público de la religión.

1. ... Respecto de la casa de culto ordenamos explícitamente que ésta – salvo donde ya exista – no tenga ni repique de campanas, ni torres, ni una entrada pública desde la calle para que no parezca Iglesia ....

7. Los no católicos pueden ser admitidos a la compra de casas y bienes, a los derechos civiles y de maestros de oficios, a los honores académicos y servicios civiles. .... No deben ser obligados a jurar fórmulas que no sean congruentes con sus fundamentos religiosos; tampoco deben ser obligados a asistir a las procesiones o funciones de la religión dominante.


Pregunta 1:
¿Qué concepto de tolerancia se puede derivar de esta “Patente de Tolerancia”? ¿Es idéntica con la comprensión actual de la tolerancia o difiere de ella?


 

Pregunta 2:
¿Por qué las Iglesias evangélicas (augsburguianas = luteranas por la Confesión de Augsburgo de 1530; helvéticas = reformadas por la Segunda Confesión Helvética de 1566) reciben el derecho de existencia y de ejercicio de su religión, pero se les concede solamente un espacio público limitado?


 

Pregunta 3:
¿Existen diferencias en los derechos civiles para católicos y evangélicos?